Subvenciones para placas solares en Andalucía 2026: INEA abre el 22 de octubre

La Junta abre la ayuda INEA para placas solares con batería el 22 de octubre de 2026: entre el 55 % y el 65 %, mínimo 6.000 €, por orden de llegada. Requisitos, cálculo, pasos y su encaje con IRPF, IBI e ICIO.

Última actualización: 09/10/2026

Tiempo de lectura: 15 min

Sí, hay subvenciones para placas solares en Andalucía en 2026. La Agencia Andaluza de la Energía ha convocado el Programa 1 de los incentivos INEA (BOJA núm. 187, de 25 de septiembre de 2026). Las solicitudes se presentan desde el 22 de octubre de 2026 a las 9:00, por orden de llegada y hasta agotar fondos. Un particular recibe entre el 55 % y el 65 % de un coste de referencia que fija la Junta, pero solo si la instalación lleva batería y la ayuda llega como mínimo a 6.000 €. La solicitud es solo telemática y exige una auditoría energética antes de empezar la obra.

Información actualizada a 8 de octubre de 2026. A continuación te explicamos cuánto te pueden dar, qué requisitos se piden, los pasos para solicitarla y cómo encaja con el IRPF, el IBI y el ICIO de tu ayuntamiento.

Subvenciones para placas solares en Andalucía: lo esencial de la convocatoria INEA 2026

INEA es el programa de Incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía. Las placas solares en viviendas entran en la línea «Tipo 1.3. Energías renovables en viviendas y edificios residenciales privados».

AspectoQué dice la convocatoria
EstadoConvocada. Resolución de 21 de septiembre de 2026, publicada en el BOJA el 25 de septiembre.
Apertura22 de octubre de 2026, a las 9:00.
CierreCuando la Agencia lo declare o, como tarde, el 30 de septiembre de 2027 (se puede ampliar).
RepartoPor orden de llegada. Las solicitudes que llegan con el presupuesto ya agotado no se admiten a trámite.
Presupuesto20.772.507 € para todo el Programa 1, que incluye también eficiencia en viviendas y edificios públicos.
CuantíaParticulares: 55 % base, hasta 65 % con extras. Mínimo de ayuda: 6.000 €.
Requisito claveBatería obligatoria y auditoría energética previa.
DóndeSolo por vía electrónica, en el portal de incentivos de la Agencia Andaluza de la Energía.

Si quieres leer el texto completo, la resolución de convocatoria en el BOJA recoge todos los plazos, anexos y formularios de justificación.

¿Quién puede pedir la ayuda para placas solares en Andalucía?

En la línea de placas solares para viviendas pueden pedir la ayuda:

  • Particulares que no ejercen una actividad económica.
  • Comunidades de propietarios.
  • Autónomos y empresas, incluidas las empresas de servicios energéticos.
  • Entidades sin ánimo de lucro y del tercer sector.
  • Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía.

Tres condiciones que conviene comprobar antes de nada:

  • Uso residencial en el Catastro. La Junta tiene en cuenta el uso que figura en la descripción catastral del inmueble. Si tu casa aparece con otro uso, pide que lo corrijan en el Catastro antes de solicitar la ayuda.
  • Titular de la instalación. Quien pide la ayuda tiene que figurar como titular de la instalación cuando se ponga en marcha.
  • Una instalación, una solicitud. Todos los gastos de la misma instalación eléctrica van en una única solicitud.

¿Cuánto es la ayuda? Porcentajes y módulos por kWp y kWh

La ayuda no es un porcentaje de la factura de tu instalador. La Junta calcula un coste incentivable con precios fijos por cada kWp de placas y cada kWh de batería, y sobre ese coste aplica el porcentaje que te corresponda.

Dos términos que verás en tu presupuesto: el kWp (kilovatio pico) es la potencia máxima que dan las placas en condiciones ideales (por ejemplo, 4 o 5 kWp en el tejado de un chalet). El kWh mide cuánta energía puede guardar la batería.

Precios fijos que usa la Junta (módulos)

EquipoTramoImporte por unidad
Placas fotovoltaicasHasta 10 kWp1.229 € por kWp
Placas fotovoltaicasMás de 10 y hasta 100 kWp908 € por kWp
BateríaMenos de 10 kWh644,70 € por kWh
Batería10 kWh o más576,85 € por kWh
Solar térmicaPor kW937,66 € por kW

A la suma de módulos se suman un 3 % de costes fijos, un 7 % de costes indirectos y el 21 % de IVA. El portal de solicitud hace este cálculo automáticamente.

Porcentajes para particulares

ConceptoPorcentaje
Ayuda base55 %
Si la actuación reduce al menos un 30 % las emisiones de CO₂ respecto a la situación inicial+5 %
Uso colectivo (comunidad energética o autoconsumo colectivo)+2,5 %
Municipio de reto demográfico+2,5 %
Máximo65 %

Son municipios de reto demográfico los de hasta 5.000 habitantes y los no urbanos de hasta 20.000 habitantes cuyos núcleos de población no superen los 5.000 habitantes.

Para pequeñas empresas, micropymes y autónomos la base también es del 55 %, con un máximo del 65 %. La mediana empresa parte del 45 % (máximo 55 %) y la gran empresa del 35 % (máximo 45 %).

Ejemplo: cuánto te dan por 4 o 5 kWp con batería

Es un cálculo orientativo que hemos hecho con los módulos de la convocatoria. Solo muestra la aritmética: el tamaño real de la batería lo tiene que justificar la auditoría energética según la regla del 75 % que verás en los requisitos. El importe oficial es el que calcule el portal.

InstalaciónCoste incentivableAyuda al 55 %Ayuda al 60 %Ayuda al 65 %
5 kWp + batería de 5 kWh≈ 12.493 €≈ 6.871 €≈ 7.496 €≈ 8.121 €
4 kWp + batería de 5 kWh≈ 10.854 €≈ 5.970 € (no llega al mínimo)≈ 6.513 €≈ 7.055 €

Así sale el primer caso: 5 kWp × 1.229 € = 6.145 €, más 5 kWh × 644,70 € = 3.223,50 €. Suman 9.368,50 €; con el 3 %, el 7 % y el IVA quedan unos 12.493 €.

En la práctica, lo que más pesa es el mínimo de 6.000 €. Con el 55 % necesitas un coste incentivable de unos 10.909 € para llegar. Una instalación pequeña, como 4 kWp con 5 kWh de batería en un municipio sin extras, se queda justo por debajo. Pide a tu instalador que calcule el tamaño de la instalación teniendo en cuenta este mínimo, no solo tu consumo.

Para comparar con lo que cuesta de verdad una instalación, mira nuestra guía de precios de placas solares y la de precio de baterías solares.

Cargando calculadora…

Requisitos técnicos: batería obligatoria y auditoría previa

  • Batería obligatoria. La instalación fotovoltaica tiene que llevar almacenamiento. Como máximo se admiten 5 kWh de batería por cada kW de placas, Además, las bases exigen que la batería pueda «absorber al menos el 75 % de la energía anual producida» por las placas, y la auditoría tiene que justificarlo. Si no sabes qué tamaño necesitas, te lo explicamos en cómo calcular la capacidad de una batería solar.
  • Solo tecnología solar y equipos nuevos. En esta línea solo se subvencionan equipos solares. No se admiten equipos reutilizados.
  • Modalidad de autoconsumo. Si eres particular, la instalación debe ser sin excedentes (no vierte nada a la red) o con excedentes acogida a la compensación simplificada, según el artículo 4 del RD 244/2019. Con la compensación, la energía que tus placas envían a la red se descuenta de tu factura de luz. Lo tienes explicado en compensación de excedentes.
  • Auditoría energética antes de la obra. La firma un proveedor de servicios energéticos (PSE) que figure en el listado del IDAE. El auditor no puede tener vínculos con tu instalador ni contigo. Al acabar la obra tendrás que presentar también una memoria o una auditoría final.

Cómo solicitar la subvención para placas solares en Andalucía, paso a paso

  1. Pide presupuestos con batería. Que estén desglosados por kWp de placas y kWh de batería, para poder hacer el cálculo de módulos y ver si superas el mínimo de 6.000 €.
  2. Encarga la auditoría energética previa a un proveedor del listado del IDAE que no sea tu instalador.
  3. Prepara la documentación: el presupuesto desglosado, la auditoría y los datos catastrales de la vivienda con uso residencial. Guarda desde el principio contratos, facturas y permisos, porque los necesitarás para justificar.
  4. Presenta la solicitud en el portal a partir del 22 de octubre a las 9:00. La Agencia publicará los formularios antes de que abra el plazo. Como el reparto es por orden de llegada, conviene tenerlo todo preparado para ese día.
  5. Espera la confirmación y la resolución. En 10 días la Agencia comunica que ha recibido tu solicitud. Tiene 3 meses para resolver; si no contesta en ese plazo, la solicitud se entiende denegada.
  6. Ejecuta y justifica. Si la ayuda es menor de 15.000 €, que es lo normal en una vivienda, tienes 6 meses para ejecutar la instalación. Entre 15.000 € y 100.000 €, 12 meses.
  7. Cobra. En ayudas de hasta 15.000 € se paga el 100 % después de justificar la instalación. Por tanto, tú adelantas el coste completo y la ayuda llega después.

Una regla importante: no puedes terminar la instalación antes de presentar la solicitud. Si eres autónomo o empresa, tampoco puedes empezarla ni facturarla antes. Y si empiezas la obra antes de tener la resolución, asumes el riesgo de quedarte sin ayuda si se deniega o se agotan los fondos.

Plazos y presupuesto

El plazo va del 22 de octubre de 2026 hasta el cierre que declare la Agencia o, como tarde, el 30 de septiembre de 2027. Los 20,77 millones de euros se reparten entre todas las líneas del Programa 1, no solo entre placas solares, así que el presupuesto puede agotarse antes de esa fecha.

Si buscas instalador cerca de casa, tienes empresas en Sevilla, Málaga, Granada, Córdoba, Cádiz, Almería, Huelva y Jaén.

Deducción del IRPF por placas solares en 2026

Además de la ayuda de la Junta, puedes aplicarte una deducción estatal en la declaración de la renta por autoconsumo:

  • 10 % si instalas las placas en un inmueble de tu propiedad.
  • 20 % si eres propietario de una vivienda en un edificio de uso predominantemente residencial y la instalación se hace en el edificio (por ejemplo, la de tu comunidad de propietarios), sobre lo que pagues tú por ella.
  • Base máxima de 5.000 € al año, y puede incluir la batería. Con 5.000 € de gasto, la deducción sería de 500 € (al 10 %) o de 1.000 € (al 20 %).

Condiciones: los pagos tienen que hacerse en 2026 y la instalación debe terminar como tarde en 2026. Necesitas el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE, el «boletín») y no vale pagar en efectivo. Tampoco se aplica si la instalación se usa para una actividad económica.

Si recibes la ayuda INEA, lo que te den se resta de la base de la deducción. Y fíjate en las fechas: una instalación que solicites desde el 22 de octubre y termines en 2027 no podría usar esta deducción tal como está redactada hoy, porque exige terminar en 2026.

Existen también deducciones por mejoras de eficiencia energética en la vivienda: del 20 % o del 40 % para obras hasta el 31 de diciembre de 2026, y del 60 % para la rehabilitación del edificio residencial hasta el 31 de diciembre de 2027. Exigen un certificado de eficiencia energética de antes y otro de después de la obra. No se pueden combinar con la deducción de autoconsumo para la misma instalación.

Bonificación del IBI por placas solares en Andalucía

El IBI es el impuesto anual sobre tu vivienda. La ley permite a cada ayuntamiento aprobar una bonificación de hasta el 50 % de la cuota para inmuebles con instalaciones solares. El porcentaje, los años que dura y la documentación necesaria los fija la ordenanza fiscal de tu municipio, así que en Sevilla, Málaga o Granada las condiciones pueden ser distintas.

Lee la ordenanza de tu ayuntamiento antes de instalar y comprueba si hay un plazo para pedir la bonificación y qué justificantes exige.

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Bonificación del ICIO

El ICIO es el impuesto municipal que pagas por hacer una obra. El tipo máximo es el 4 % del coste de la obra, y el ayuntamiento puede bonificar hasta el 95 % de esa cuota cuando la obra incorpora energía solar. Por ejemplo, en una obra de 8.000 € con el tipo máximo del 4 %, el ICIO sería de 320 €; con una bonificación del 95 % pagarías 16 €. El tipo concreto y cómo pedir la bonificación dependen de la ordenanza de tu municipio.

Licencia o declaración responsable en Andalucía

La Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), la ley andaluza de urbanismo, permite instalar placas en una vivienda existente con declaración responsable en vez de licencia en la mayoría de los casos:

  • En suelo urbano, cuando la obra no cambia la ocupación, la altura ni la edificabilidad del edificio.
  • En suelo rústico, cuando se trata de integrar instalaciones de energía renovable en una edificación existente sin construir de nuevo ni aumentar la superficie.

Con la declaración responsable puedes empezar la obra desde el día en que la presentas con toda la documentación. Para el resto de trámites tienes nuestra guía para legalizar una instalación fotovoltaica.

Otras ayudas: Next Generation, EcoVivienda y empresas

  • Next Generation de autoconsumo (RD 477/2021). Cerró a nuevas solicitudes el 31 de diciembre de 2023.
  • EcoVivienda. La Orden de 14 de mayo de 2026 modifica las bases de las ayudas de rehabilitación del programa EcoVivienda, pero no abre un plazo nuevo para placas solares.
  • Empresas (Programa 2 de INEA). El 28 de septiembre de 2026 se suspendió la convocatoria para algunas partidas de esta línea. No afecta a la ayuda residencial del Programa 1.

Las bases de INEA, aprobadas por Orden de 24 de abril de 2025, prevén cuatro programas: residencial y edificios públicos, empresas y cadena agroalimentaria, redes inteligentes y hogares vulnerables. Para ver qué hay en otras regiones, consulta las subvenciones por comunidad autónoma o la guía general de subvenciones para placas solares.

Preguntas frecuentes

¿Hay subvenciones para placas solares en Andalucía en 2026?

Sí. El Programa 1 de INEA abre solicitudes el 22 de octubre de 2026 a las 9:00 y el plazo seguirá abierto hasta que se agoten los fondos o, como tarde, hasta el 30 de septiembre de 2027.

¿Es obligatoria la batería para recibir la ayuda?

Sí. La instalación fotovoltaica subvencionada debe llevar almacenamiento, con un máximo de 5 kWh por cada kW de placas.

¿Puedo empezar la obra antes de pedir la subvención?

Un particular no puede tenerla terminada antes de presentar la solicitud, y un autónomo o empresa ni siquiera puede empezarla ni facturarla. Además, la auditoría energética tiene que hacerse antes de empezar la obra.

¿Cuánto me dan por una instalación de 5 kWp?

Con 5 kWp y una batería de 5 kWh, el coste incentivable ronda los 12.493 € y la ayuda va de unos 6.871 € (55 %) a unos 8.121 € (65 %). El tamaño de la batería lo tiene que justificar la auditoría, y el importe exacto lo calcula el portal de solicitud.

¿Es compatible con la deducción del IRPF?

Sí, pero lo que recibas de la Junta se resta de la base de la deducción y la instalación tiene que terminar en 2026. Si la terminas en 2027, con la norma actual no podrás aplicarla.